Como comentamos anteriormente, en los últimos años, y dentro de la evolución y ampliación constante del patrimonio cultural, ha surgido un nuevo tipo de patrimonio que es el agrario. El patrimonio agrario, al igual que ha sucedido con otros tipos de patrimonios recientemente incorporados, como el audiovisual o el industrial, supone reconocer como valor a proteger aquél que identifica y aglutina al grupo de bienes (materiales o inmateriales) que tienen ese valor, en este caso, el valor agrario (igual que ha sucedido con el valor industrial en el caso del patrimonio industrial).
Si tenemos en cuenta que los sistemas históricos de riego no son una creación en sí mismos, sino que tienen una finalidad muy determinada, y que esta es, sobre todo, la de generar alimentos a través del desarrollo de cultivos de regadío en un determinado territorio (con todas las derivaciones de tipo arquitectónico, urbanístico, social, ambiental, económico, etc. que ello conlleva), necesariamente debemos reconocer en los sistemas hidráulicos de riego un valor agrario.
Aunque podría aplicarse a todo el sistema hidráulico, en cuanto que este surge vinculado o derivado de la necesidad de poner en explotación agrícola un determinado territorio, este valor agrario se debería, no obstante, circunscribirse a aquellos valores que estrictamente tienen que ver con la actividad agraria desarrollada, como las variedades locales cultivadas, los conocimientos sobre el manejo de dichos cultivos, especialmente los referidos al consumo de agua que necesitan o la forma de regarlos (en fajas, en surcos, etc.), las herramientas y aperos de labranza utilizados, etc.